Cambian las reglas: la Ley de Bienestar Animal deja claro los lugares donde está prohibido soltar a tu perro (y muchos no lo saben)

Malaga Hoy • 22 de abril de 2026

Las multas arrancan en 500 euros y pueden llegar hasta los 200.000 euros

Aflojar la correa un momento para que el perro corra, explore y se desahogue es uno de los gestos más habituales entre los propietarios de mascotas cuando salen a pasear. En muchos parques y zonas verdes se ha convertido casi en una costumbre normalizada. Sin embargo, la Ley 7/2023 de Bienestar Animal establece con claridad en qué espacios públicos está prohibido soltar a un perro y cuáles son las consecuencias económicas de no respetar esa norma. Las multas arrancan en 500 euros y pueden llegar hasta los 200.000 euros en los casos más graves, una horquilla que conviene conocer antes del próximo paseo.


Qué prohíbe exactamente la Ley de Bienestar Animal

La Ley 7/2023 es una norma estatal de carácter básico que se aplica en todo el territorio español y que establece un marco jurídico común para garantizar la protección y el bienestar de los animales de compañía y de los animales silvestres en cautividad. En lo que respecta a los paseos y a la presencia de perros en espacios públicos, el texto legal incluye una prohibición expresa que muchos propietarios desconocen en toda su extensión.

La norma prohíbe dejar animales sueltos o en condiciones que puedan causar daños en lugares públicos o de acceso público. Esta prohibición tiene un alcance general, pero la ley señala de forma específica los entornos donde la restricción es más estricta: los parques nacionales, las cañadas por las que transitan o pastan rebaños y otros espacios naturales protegidos. En todos estos entornos, la presencia de un perro sin control puede suponer un riesgo directo para las personas, el ganado y el medio natural.

Junto a esta prohibición principal, la ley también recoge la obligación de adoptar medidas activas para evitar molestias, peligros o daños a personas, a otros animales o a las cosas. Esto implica que no basta con que el perro no haya causado ningún incidente concreto: la norma exige una actitud preventiva por parte del propietario en todo momento.


Los espacios donde no se puede soltar al perro

La Ley de Bienestar Animal identifica varios tipos de lugares en los que la suelta de perros está expresamente prohibida o restringida. Conocer esta lista es fundamental para cualquier propietario que salga a pasear regularmente con su mascota.

En primer lugar, los parques nacionales y espacios naturales protegidos constituyen una de las categorías donde la norma es más restrictiva. En estos entornos, un perro suelto puede perseguir fauna silvestre, alterar el comportamiento de especies sensibles, estresar a animales en época de cría o transmitir enfermedades. La ley vincula expresamente esta conducta con posibles daños al medio natural, con independencia de que el animal cause o no un perjuicio visible de forma inmediata.

En segundo lugar, las cañadas y zonas de tránsito o pastoreo de ganado están incluidas de forma explícita en la norma. La presencia de un perro sin correa en estas áreas puede asustar o atacar a los rebaños, con consecuencias tanto para los animales como para los propietarios del ganado y el propio perro.

En tercer lugar, la ley prohíbe que los perros entren en las zonas de juegos infantiles, lo que abarca parques con columpios, toboganes y otras instalaciones destinadas a los menores. Tampoco pueden penetrar en fuentes ni estanques, ni pisar el césped ornamental ni las plantaciones de flores y plantas ornamentales en espacios públicos.

Por último, la norma establece que ningún animal de compañía puede estar deambulando por espacios públicos sin supervisión presencial de su responsable. Esto supone que no es válido que el perro circule libremente mientras el dueño se queda atrás o se distrae, aunque el animal esté entrenado y tenga buen comportamiento habitual.


El papel fundamental de los ayuntamientos

La Ley de Bienestar Animal atribuye a los municipios una función clave en la regulación práctica de la presencia de perros en los espacios públicos. La norma señala expresamente que los ayuntamientos deben determinar en todo caso los lugares específicamente habilitados para el esparcimiento de los animales de compañía, con especial atención a los perros.

Estos espacios habilitados son los que se conocen habitualmente como parques caninos vallados, zonas de pipicán o áreas acotadas con señalización específica. Es en estos entornos donde resulta más adecuado plantear la suelta de la correa, siempre con supervisión directa del propietario y siempre que el animal responda a las llamadas y no genere situaciones de riesgo para otros usuarios del espacio.

La propia ley permite además que las ordenanzas municipales introduzcan especificaciones o graduaciones en el cuadro de infracciones y sanciones, lo que explica por qué la normativa puede variar de un municipio a otro. En algunas ciudades, ir con el perro suelto sin causar riesgo en una zona no habilitada puede conllevar una sanción de en torno a 100 euros. Si se genera peligro o el animal accede a una zona de juegos infantiles, la cuantía puede aumentar de forma significativa. Por ello, conviene revisar la señalización del entorno y consultar la ordenanza municipal vigente antes de soltar la correa.


Las obligaciones del propietario más allá de la correa

La norma no se limita a establecer dónde no puede ir el perro suelto, sino que también impone obligaciones activas a los propietarios en cualquier tipo de espacio público. Entre las más relevantes se encuentran las siguientes.

Es obligatorio retirar las deyecciones del perro y depositarlas en los lugares indicados para ello. Los orines en lugares de paso habitual también deben limpiarse con productos biodegradables. Los perros considerados potencialmente peligrosos deben llevar bozal en todo momento en espacios públicos y, en zonas no cerradas, no pueden ir sueltos bajo ninguna circunstancia.

En todos los casos, el propietario del animal es el responsable directo de los daños, perjuicios o molestias que el perro pueda causar a otras personas, a otros animales, a los espacios públicos y al medio natural. Esta responsabilidad no depende de que el propietario estuviera presente en el momento del incidente: es una obligación inherente a la tenencia del animal.


Las sanciones económicas por incumplir la normativa

El régimen sancionador que establece la Ley 7/2023 diferencia tres niveles de infracción con consecuencias económicas muy distintas entre sí.

Las infracciones leves, que incluyen el incumplimiento de prohibiciones u obligaciones sin que se produzcan daños físicos ni alteraciones del comportamiento del animal, se sancionan con multas de entre 500 y 10.000 euros. Las infracciones graves, que implican daño o sufrimiento al animal sin llegar a causar la muerte o secuelas permanentes, conllevan sanciones de entre 10.001 y 50.000 euros. Y las infracciones muy graves, las de mayor impacto sobre el bienestar animal o el entorno, se castigan con multas de entre 50.001 y 200.000 euros.

La potestad sancionadora corresponde tanto a los órganos de las comunidades autónomas como a los ayuntamientos, en función de dónde se produzca la infracción. En el caso de los espacios públicos municipales, son los propios consistorios los que pueden imponer las sanciones correspondientes conforme a su ordenanza local y al marco que establece la ley estatal.


Fuente: https://www.malagahoy.es/malaga/reglas-ley-bienestar-animal-lugares-prohibido-soltar-perro_0_2006551867.html?utm_campaign=boletin-informativo-22-abril-2026&utm_medium=email&utm_source=mail-marketing


Por El Economista • 9 de octubre de 2026
Desde la aprobación de la Ley 7/2023, de 28 de marzo , de protección de los derechos y el bienestar de los animales, conocida popularmente como la Ley de Bienestar Animal, son muchas las normas a seguir que tienen por objetivo el cuidado y respeto por el mundo animal, sobre todo, en cuanto a los animales domésticos como perros y gatos. La normativa es clara también en lo que se refiere a la pérdida de uno de estos animales de compañía, que se convierten en un miembro más de la familia. De hecho, en estos momentos complicados, también hay que seguir unas reglas a la hora de comunicar la defunción y dejar constancia de qué se ha hecho con el cadáver del animal. Normativa sobre la muerte de un perro o gato Concretamente, en el artículo 26 de la mencionada ley, que versa sobre las obligaciones específicas con respecto a los animales de compañía, se especifica que "los titulares o personas que convivan con animales de compañía tienen el deber de protegerlos, así como la obligación de cumplir lo previsto en la presente ley y en la normativa que la desarrolle". Así, se indican diferentes reglas a tener en cuenta sobre el cuidado, protección y respeto por los animales de compañía, donde se incluye la obligación de "comunicar a la administración competente y a su titular, la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado ". Esto quiere decir que todos los animales de compañía tienen que estar registrados e identificados mediante microchip , por lo que habrá que comunicar la baja, normalmente en el veterinario donde se le dio de alta, tras el fallecimiento del animal. Posteriormente, esta baja tras la muerte de un perro o un gato, debe ir acompañada del "documento que acredite que fue incinerado o enterrado por una empresa reconocida oficialmente para la realización de dichas actividades". Con este documento, se hace constar " el número de identificación del animal fallecido y el nombre y apellidos de su responsable o, en su defecto, que quede constancia en las bases de datos de la empresa que se ocupó del cadáver". "En caso de imposibilidad de recuperar el cadáver, se deberá documentar adecuadamente", añade la normativa sobre este proceso tras la muerte de uno de los animales de compañía. De hecho, en el artículo 27 de la ley, que responde a las prohibiciones específicos respecto a los animales de compañía, se vuelve a matizar que queda prohibida la actividad de "eliminación de cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación , cuando ésta sea obligatoria". Fuente: https://www.eleconomista.es/actualidad/noticias/14019092/10/26/confirmado-por-la-ley-de-bienestar-animal-los-duenos-de-perros-y-gatos-estan-obligados-a-dejar-constancia-de-que-se-hace-con-el-cadaver-tras-la-muerte-del-animal.html 
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La llegada del ve rano y las vacaciones supone un cambio de rutina para millones de familias que comparten su vida con perros y gatos. Las altas temperaturas, los desplazamientos, las actividades al aire libre y las modificaciones en los hábitos diarios pueden incrementar el riesgo de determinadas patologías y accidentes que obligan a acudir a los servicios de urgencias veterinarias . En este contexto, los especialistas recuerdan la importancia de extremar las medidas de prevención para evitar situaciones potencialmente graves. Según explica en AnimalCare Paloma Ballester, veterinaria de AniCura Velázquez , algunas de las urgencias más habituales de estos meses están directamente relacionadas con el calor, mientras que otras se producen por cambios en la alimentación, la exposición a parásitos o las actividades en el campo. Entre todas ellas, los golpes de calor destacan como una de las emergencias más frecuentes y peligrosas del verano. “Es una urgencia bastante grave y de las principales que vemos en perros durante esta época”, señala Ballester. Las altas temperaturas, las olas de calor y el aumento de los viajes favorecen que los animales pasen más tiempo al aire libre o expuestos al sol, aumentando el riesgo de sufrir este problema. La veterinaria explica que los tutores deben prestar especial atención a las señales de alarma. Un jadeo excesivo , un comportamiento anormal, nerviosismo o una respuesta reducida a estímulos habituales pueden indicar que el animal está sufriendo un golpe de calor. “Cuando ves al animal jadeando de forma exagerada o no responde bien a tus señales son indicios de que hay que actuar rápido y acudir a un hospital veterinario”, advierte. OTROS RIESGOS DEL VERANO Además de los golpes de calor, durante el verano también se observa un aumento de complicaciones en algunos animales con enfermedades previas . Ballester apunta que ciertos pacientes con patologías cardíacas pueden sufrir descompensaciones coincidiendo con los periodos de más calor. “Son animales que estaban estables y correctamente medicados, pero que en esta época pueden desestabilizarse y requerir atención veterinaria”, explica. Otro de los problemas característicos de estos meses son las espigas , especialmente tras los paseos por zonas de campo o parques con vegetación seca. Estas estructuras vegetales pueden introducirse en los oídos, entre los dedos o en otras partes del cuerpo , provocando molestias e infecciones. “Si el animal se sacude mucho los oídos, se rasca o se lame insistentemente las patas, puede ser una señal de que tiene una espiga que está causando complicaciones”, señala la especialista. PREVENCIÓN FRENTE A VECTORES El verano también coincide con una mayor actividad de parásitos externos como pulgas, garrapatas y mosquitos , cuya presencia aumenta especialmente durante los desplazamientos y las estancias en zonas rurales. Aunque en muchos casos no constituyen una urgencia inmediata, Ballester recuerda que son importantes transmisores de enfermedades y que una protección insuficiente puede tener consecuencias para la salud del animal. En este sentido, la veterinaria destaca la relevancia de la prevención frente a la leishmaniosis , una enfermedad transmitida por mosquitos que ya está presente en todo el territorio nacional. “Antes se pensaba que estaba limitada a determinadas zonas, pero hoy sabemos que está instaurada en toda España”, afirma. Por ello, insiste en que la vacunación debe complementarse con medidas repelentes que reduzcan el contacto con los insectos transmisores. Como recomendación general para disfrutar de unas vacaciones seguras, la veterinaria aconseja mantener al día las vacunas y los tratamientos preventivos frente a parásitos, planificar adecuadamente los desplazamientos y minimizar los cambios en la rutina de las mascotas . “Hay que estar atentos a cualquier señal de alarma, especialmente al jadeo excesivo o a comportamientos extraños. Y si existe la mínima sospecha de una urgencia, acudir al veterinario lo antes posible”, concluye. Fuente: https://www.consalud.es/animalcare/salud-animal/golpes-de-calor-espigas-y-problemas-digestivos-las-urgencias-veterinarias-qu e-mas-aument an-en-verano.html?utm_campaign=boletin-informativo-24-julio-2026&utm_medium=email&utm_so urce=mail-marketing
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Cada vez es más habitual ver animales de compañía que llevan prendas de ropa hechas a medida, que son paseados en cochecitos o a los que sus dueños hablan como si fueran bebés de pocos años. ¿Se está humanizando demasiado a los perros y gatos domésticos ? ¿Qué peligros puede conllevar esto? Los educadores caninos del centro de Manresa Dog Educat, Raül Aranda y Júlia Autonell, lo tienen muy claro: "Depende de lo que consideremos humanizar, pero cuando atribuimos cualidades humana s al animal es cuando empiezan los problemas". "Poner ropa a las mascotas no les supone ningún perjuicio, pero muy distinto es el caso cuando se les permite adoptar conductas inaceptables ", explica el profesional. Partiendo de la base de que los perros y los gatos son animales sociables que establecen vínculos muy estrechos con sus dueños, y también a la inversa, Aranda explica que es importante saber establecer límites, aprender la forma de educarlos y, sobre todo, no atribuirles cualidades humanas , "ya que no lo son", señala. Si no se hace, "no podrán adaptarse a la sociedad en la que tienen que vivir", añade. Una de las situaciones más complicadas que puede darse en los hogares donde conviven animales de compañía y bebés es el sentimiento de competencia o de celos, según explica el educador canino. "Si un perro está acostumbrado a dormir en el sofá y, de repente, a partir del nacimiento del bebé, se le cambia esa rutina, el animal relacionará ese hecho con la llegada del niño", y es en ese momento cuando pueden surgir problemas de convivencia. Por ello, el experto aconseja trabajar previamente estas conductas para evitar riesgos que podrían aparecer más adelante. Otro caso es cuando se pasea a las mascotas en cochecito , como si fueran un bebé de pocos meses. El experto lo considera más que razonable en los casos en que el animal tiene alguna lesión o dificultades para caminar. Ahora bien, añade que cuando se hace por sobreprotegerlo, esto puede acabar desembocando en problemas de comportamiento , como que el perro no acepte que se le acerquen personas u otros perros. Ni demasiado autoritaria ni demasiado liberal Al igual que en la crianza de los niños, en el ámbito de los animales de compañía también existen tres estilos de crianza: el autoritario, muy basado en la imposición y el castigo; e l liberal, que se encuentra en el extremo opuesto y se basa en la permisividad y en dar libertad para que el animal o el bebé hagan lo que quieran; y el democrático, un punto intermedio, que establece que hay conductas que pueden permitirse y otras que no. "Por desgracia, tanto con los animales como con los bebés se tiende a ir a los extremos, pero la mejor opción es educar en positivo y sabiendo poner límites", concluye. Educar al animal de una forma que pueda entender Raül Aranda, que también tiene estudios en Psicología , señala que lo más complicado a la hora de educar a los animales domésticos es aprender a hacerles entender exactamente lo que les estamos pidiendo . Lo explica con un ejemplo: "Muchos perros suelen perseguir a los ciclistas que encuentran en carreteras o caminos y la forma en que sus dueños intentan detenerlos es llamándolos y ofreciéndoles un premio. Entonces, el animal entiende que se le recompensa por haber perseguido al ciclista, justo lo contrario de lo que se pretende transmitir" , explica. Lo más efectivo en este tipo de casos es iniciar un proceso de habituación, es decir, "acostumbrar al animal a ver circular ciclistas, en este caso, para evitar que le resulte algo incómodo o que despierte su curiosidad", explica. Así, mediante determinadas dinámicas, se va enseñando al perro en qué contextos puede reproducir esa conducta y en cuáles no , ya que puede suponer un peligro. Queda claro que educar animales no es una tarea fácil, y menos aún si no se tiene formación al respecto. Por este motivo, Aranda subraya la importancia de los educadores caninos: "Nosotros nos dedicamos precisamente a eso, a enseñar a los dueños a comunicarse de la forma más efectiva con sus animales", concluye. Fuente: https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20260711/raul-aranda-julia-autonell-educadores-caninos-problemas-cualidads-humanas-animales-dv-et-132209469?utm_campaign=boletin-informativo-13-julio-2026&utm_medium=email&utm_source=mail-marketing
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